Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
Sentencia Constitucional Plurinacional: 2177/2013 de 21 de noviembre
Fecha: 21-Nov-2013
denegar
Por los fundamentos jurídicos precedentemente expuestos, la suscrita Magistrada expresa su disidencia con la determinación adoptada en la SCP 2177/2013 de 21 de noviembre, por considerar que se debió Confirmar la Resolución del Tribunal de garantías y denegar la tutela solicitada, sin ingresar al análisis de fondo de la problemática planteada.
- “REVOCAR
- a)
- en caso de existir mecanismos procesales específicos de defensa que sean idóneos, eficientes y oportunos para restituir el derecho a la libertad y a la persecución o procesamiento indebido, deben ser utilizados previamente por el o los afectados; en estos casos por tanto, la acción de libertad operará solamente en caso de no haberse restituido los derechos afectados a pesar de haberse agotado estas vías específicas
- 1)
- II.2.1. Sobre la persecución ilegal e indebida
- II.2.2. De la declaratoria de rebeldía, sus efectos y la comparecencia del rebelde
- II.2.3. Recurso de reposición en materia penal
- II.3. ANALISIS DEL CASO CONCRETO
- los accionantes si consideraron que no era legal dicha providencia, debieron impugnar mediante el recurso de reposición conforme establecen los arts. 401 y 402 del CPP, y no activar directamente la presente acción tutelar
- denegar