Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2187/2013
Fecha: 25-Nov-2013
I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
El accionante estima lesionados sus derechos al debido proceso, a la defensa, a la igualdad ante la ley y al juez competente, citando al efecto los arts. 14, 115.II, 117.II y 119.II de la Constitución Política del Estado (CPE), 11.1 de la Declaración Universal de Derechos Humanos, 14.3 inc. d) del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP) y 8.2 inc. d) de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación de la acción
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Jurisprudencia reiterada: La revisión de la actividad jurisdiccional de otros tribunales
- i)
- CONFIRMAR