SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2191/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2191/2013

Fecha: 25-Nov-2013

a)

Carlos Quaino Dellien, Gerente-Propietario de CURTIEMBRE MOXOS S.R.L., a través de su abogado en audiencia, manifestó: a) La prueba de ecografía data de 26 de junio de 2013, donde se demuestra que la accionante esta embarazada, la caducidad de la relación laboral con la misma es del 16 de ese mes y año, y no existe ninguna nota o notificación que demuestre haciéndole conocer a su empleador de su estado de gravidez, por lo que no se produjo un despido injustificado; b) En cuanto a la primera notificación por el Ministerio del Trabajo Empleo y Previsión Social, notificaron a “Bolivian Leders” y no así al ahora demandado; c) Cuando el Jefe Departamental de Trabajo hizo la conminatoria para que le restituyan por no presentarse el hoy demandado, se busca a la accionante para que se reincorpore como manda la ley, pero ella indica que le den un día más porque se encontraba delicada de salud, no volviendo más, situación que fue comunicado a la Jefatura Departamental de Trabajo y “ahora hemos sido sorprendidos con la acción de amparo constitucional” (sic); y, d) En ningún momento se ha negado su reincorporación a su fuente laboral, ella fue a la curtiembre habló con el demandado y ya no volvió más al trabajo.