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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2192/2013
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2192/2013

    Fecha: 25-Nov-2013

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    • recurso directo de nulidad
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • I.1.2 Autoridades recurridas y petitorio
    • I.2. Admisión y citaciones
    • I.3. Alegaciones de la parte recurrida
    • II.1.
    • II.2.
    • II.5.
    • II.5.1.
    • II.6.
    • II.7.
    • II.7.1.
    • II.8.
    • por la ausencia permanente y consecuente abandono del Alcalde Titular, en tanto se resuelva y conozca su paradero, y la situación jurídica del mismo, debiendo tomar posesión del cargo en el día
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. Naturaleza jurídica del recurso directo de nulidad: jurisprudencia reiterada
    • 1)
    • i)
    • por objeto procesal
    • cuando la resolución cuya nulidad se pretende ya no tiene vigencia o lo que es lo mismo ya no tiene existencia jurídica, carece de objeto
    • resultaría un contrasentido pretender la nulidad de un acto o resolución que no existe, ya que no habría nada que reparar,
    • hasta antes de la notificación con el recurso a la autoridad recurrida, el recurso directo de nulidad carece de objeto, aún en el caso que el recurrente no conozca de la supresión de tal acto o resolución al interponer esta acción, pues tales actos o resoluciones ya no se encuentran vigentes
    • III.3. Análisis del caso concreto
    • a)
    • IMPROCEDENTE

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