Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0289/2013-RCA
Fecha: 19-Dic-2013
Fragmento 1
En revisión la Resolución 108/2013 de 18 de noviembre, cursante de fs. 45 a 54, pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Marcelo Cortez Gutiérrez en representación legal de Carlos Eduardo Bellot Siles contra Virginia Colque Calle y Beatriz Cortez Vásquez, Vocales de la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro y Sergio Vásquez Jiménez, Juez Segundo de Instrucción en lo Penal del mismo departamento.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que motivan la acción
- I.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.3. Petitorio
- improcedencia “in limine”
- Fragmento 6
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- en el plazo máximo de seis meses, computable a partir de la comisión de la vulneración alegada
- características, rasgos identificadores y consustanciales de un determinado modo de ser, inherente al ámbito jurídico, sin los cuales resultaría arduo asimilar elementos básicos de concurrencia de cualesquier instituto jurídico
- se reviste por los principios de subsidiariedad e inmediatez, como características o rasgos identificadores de esta acción
- II.4.
- II.5. Cumplimiento de los requisitos de admisión (art. 33 CPCo)