Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0500/2013-CA
Fecha: 12-Dic-2013
RATIFICAR
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional, en virtud a lo dipuesto por el art. 83.II del Código Procesal Constitucional, resuelve: RATIFICAR la Resolución de 25 de noviembre de 2013, cursante de fs. 49 a 51, pronunciada por la Sala Disciplinaria del Consejo de la Magistratura, que dispuso “no promover” la acción de inconstitucionalidad concreta interpuesta por Ricardo Maldonado Aliaga.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- I.3. Respuesta a la solicitud
- no promover”
- II.2. Marco normativo constitucional y legal
- sobre las que exista duda razonable, fundada, identificada con precisión por la autoridad judicial o administrativa que promueva la acción
- de oficio o a instancia de una de las partes, entienda que la resolución del proceso judicial o administrativo, depende de la constitucionalidad
- Que la ley, decreto o resolución de cuya constitucionalidad se duda, tenga que ser aplicada a la decisión final del proceso
- Fragmento 9
- RATIFICAR