Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0500/2013-CA
Fecha: 12-Dic-2013
sobre las que exista duda razonable, fundada, identificada con precisión por la autoridad judicial o administrativa que promueva la acción
Antes de efectuar el análisis sobre el cumplimiento de los requisitos previstos en el art. 79 del CPCo, es conveniente recordar que el modelo de control de constitucionalidad a través de ésta acción, tiene por objeto efectuar el examen sobre la constitucionalidad de las disposiciones legales aplicables a un caso concreto, sobre las que exista duda razonable, fundada, identificada con precisión por la autoridad judicial o administrativa que promueva la acción, con los valores, principios, derechos fundamentales y garantías constitucionales consagrados en la Norma Suprema.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- I.3. Respuesta a la solicitud
- no promover”
- II.2. Marco normativo constitucional y legal
- sobre las que exista duda razonable, fundada, identificada con precisión por la autoridad judicial o administrativa que promueva la acción
- de oficio o a instancia de una de las partes, entienda que la resolución del proceso judicial o administrativo, depende de la constitucionalidad
- Que la ley, decreto o resolución de cuya constitucionalidad se duda, tenga que ser aplicada a la decisión final del proceso
- Fragmento 9
- RATIFICAR