SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1254/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1254/2013-L

Fecha: 09-Dic-2013

1)

Ramiro López Guzmán, mediante informe escrito que corre de fs. 221 a 224, expuso lo siguiente: 1) El fundamento principal de la Resolución 174/2011 aludió que en su resolución, la Jueza a quo observó el art. 124 del CPP, motivando y fundamentando en forma adecuada la decisión de instancia, en base a la relación fáctica de la investigación y a la valoración de los elementos probatorios presentados por los sujetos procesales; 2) En previsión del art. 239.I del CPP, no era pertinente la revalorización de aquellos aspectos que habían sido revisados previamente por la Jueza de la causa; 3) De la finalidad concreta de una medida cautelar en el marco del art. 221 del CPP, emerge la necesidad que el proceso de investigación requiera la presencia de los sujetos procesales que intervienen a objeto de establecer la verdad histórica; y, 4) Cualquier decisión adoptada en virtud al art. 239 inc. 1) del CPP, permiten solicitar nuevamente su modificación o cesación de las medidas cautelares ante nuevos elementos que desvirtúen tales presupuestos.