SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2218/2013
Fecha: 16-Dic-2013
denegó
El Juez Sexto de Sentencia Penal del departamento de La Paz, por Resolución 053/2013 de 13 de agosto, cursante de fs. 118 a 121, denegó la tutela solicitada, argumentando que: i) El accionante, acusa como acto ilegal el hecho de que la Fiscal demandada no habría exhibido el cuaderno de investigaciones, no permitiendo que sus abogados conozcan los elementos de prueba que cursan en el mismo; ii) De acuerdo a la jurisprudencia constitucional todas las irregularidades ahora denunciadas debían ser puestas a conocimiento del Juez Noveno de Instrucción en lo Penal; y, iii) Por el informe de la Fiscal demandada, se tiene que el caso ya fue puesto a conocimiento del órgano jurisdiccional, siendo radicado en el Juzgado Noveno de Instrucción en lo Penal y del examen del cuaderno se evidencia que el accionante y otros, habrían recusado al citado Juez, en consecuencia, estaría siendo remitido ante si similar Décimo, quien en definitiva resolverá la situación jurídica del accionante
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de libertad
- III.3. Sobre procesamiento indebido
- se denuncie su vulneración en cualquiera de sus componentes, corresponderá su impugnación a través de la acción de libertad, cuando esté directamente relacionada con la restricción de la libertad
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo