Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2218/2013
Fecha: 16-Dic-2013
II.3.
II.3. Juana Elizabeth Zambrana Merado, Fiscal dentro de la denuncia presentada por Filomena Loayza de Ortiz, de acuerdo a los arts. 301.1 y 302 del Código de Procedimiento Penal (CPP), presentó imputación formal en 10 de agosto de 2013 a horas 18:25, contra Ángel Mauricio Ortega Riquelme y otros, solicitando al Juez de Instrucción en lo Penal de turno la detención preventiva de los mismos (fs. 107 a 109 vta.).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de libertad
- III.3. Sobre procesamiento indebido
- se denuncie su vulneración en cualquiera de sus componentes, corresponderá su impugnación a través de la acción de libertad, cuando esté directamente relacionada con la restricción de la libertad
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo