AUTO CONSTITUCIONAL 0025/2013-RCA
Fecha: 07-Feb-2013
I.3. Petitorio
Solicitan la tutela de sus derechos conculcados en el procedimiento administrativo, que concluyó con la emisión del Informe Complementario AI-14/2012 (C4) de 27 de enero, y aprobado por el Contralor General mediante nota de 13 de abril del mismo año, en consecuencia piden se disponga la nulidad de éstas, el procedimiento previo a su emisión hasta el informe 7/2004 de 10 de noviembre de 2011 con la respectiva notificación.
Se les notifique legal y formalmente con los respectivos informes preliminares, concediéndoles plazo para la presentación de sus justificaciones, y, alternativamente en caso de no dar curso a la nulidad hasta el vicio más antiguo, se disponga la anulación del Informe Complementario 014/2012 de 27 de enero, ordenando que la Unidad de Auditoría emita nuevo informe cumpliendo la normativa y los principios que la rigen.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.2.
- I.3. Petitorio
- I.4. Resolución del Tribunal de garantías
- “improcedencia”
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- fundamento
- , los hechos jurídicamente relevantes que sirven de fundamento fáctico del recurso deben ser, como lo expresa la ley, expuestos con precisión y claridad, dado que los mismos delimitan la causa de pedir y vinculan al Tribunal de amparo,
- debiendo por lo tanto evitar en la redacción mediante la cual se relatan los hechos, incurrir en apreciaciones ajenas a los eventos y sucesos concernientes al problema descrito, evitando incurrir en una redacción confusa e incoherente, lo que puede concluir en el rechazo in límine del recurso, cuando se establecen una serie de hechos que lejos de concretar la acción vulneratoria de los derechos constitucionales se crea duda en el juzgador de cual realmente es la acción u omisión que afectan los derechos y garantías constitucionales”
- II.3. Revisión de la Resolución elevada en revisión
- b)
- e)
- f)
- g)