Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0030/2013-RCA
Fecha: 14-Feb-2013
II.5. Análisis del caso concreto
De la revisión de antecedentes, consta que se dispuso la baja definitiva de los accionantes de la institución, sin haberse establecido predominantemente es esta etapa una vía clara de impugnación que sea previa, preliminarmente en esta etapa, corresponde al Pleno del Tribunal Constitucional Plurinacional Constitucional, que dilucide la problemática.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- 9.b) del “Reglamento Estudiantil, de la Universidad Policial”
- ,
- improcedencia
- Fragmento 6
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- II.2.
- “'Acto administrativo es la decisión general o especial de una autoridad administrativa, en ejercicio de sus propias funciones
- es impugnable en sede administrativa y sujeta a control jurisdiccional posterior cuando se trata de actos administrativos definitivos, lo que no implica que aquellos actos administrativos no definitivos no puedan ser cuestionados
- II.4. Hechos que motivan la acción
- Fragmento 12
- II.5. Análisis del caso concreto