AUTO CONSTITUCIONAL 0033/2013-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0033/2013-CA

Fecha: 21-Feb-2013

I.1. Síntesis de la solicitud de la parte

Por memorial presentado el 6 de enero de 2012, cursante de fs. 309 a 313, dentro de un proceso penal seguido en contra de los accionantes, éstos manifiestan que el 23 de noviembre de 2011, se presentó acusación por la presunta comisión del delito de legitimación de ganancias ilícitas, empero, -dicen- que surgió una discusión acerca de la relación entre el delito previo y el delito de lavado de dinero que, aparentemente fue esclarecido por la Ley de Lucha contra la Corrupción, que ratificó que éste delito es autónomo, que será investigado, enjuiciado y sentenciado sin necesidad de sentencia condenatoria previa.

Señalan que, a pesar que se habría esclarecido y ratificado la autonomía de este delito, surge la interrogante desde cuándo el mismo es autónomo, ya que en el Código Penal, aprobado por Ley 1768 de 10 de marzo de 1997, no se establece esta calidad, por lo que mal se podría corroborar dicha característica, surgiendo contradicción entre el primer párrafo y el último del art. 185 bis del CP, modificado por la Ley de Lucha contra la Corrupción, que está generando confusión respecto a su aplicación.

Fundamentan la supuesta inconstitucionalidad de la norma impugnada en la vulneración del principio de la irretroactividad de la Ley Penal, ya que se incautaron sus bienes desde el año 1997, por lo que resulta necesario               aclarar a partir de cuándo el delito de legitimación de ganancias ilícitas es autónomo.