Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0033/2013-CA
Fecha: 21-Feb-2013
II.2. Aplicación de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional
Con carácter previo a ingresar a la verificación de los requisitos de procedencia exigidos para la presente acción, es menester señalar que para el análisis y resolución en cuanto a los requisitos de admisibilidad de la presente se aplicará la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional, tomando en cuenta que la misma fue presentada el 6 de enero de 2012 (fs. 313), fecha en que la referida norma legal se encontraba vigente.
- Jueza de Instrucción Primera Mixta Liquidadora de la localidad de Villa Tunari de la Departamental de Cochabamba
- I.1. Síntesis de la solicitud de la parte
- a)
- b)
- rechazó
- II.2. Aplicación de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.3. Marco normativo constitucional y legal
- II.4. La acción de inconstitucionalidad concreta será rechazada si no existe fundamentación de la inconstitucionalidad demandada
- Fragmento 9
- II.5. Análisis del caso concreto
- APROBAR