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    AUTO CONSTITUCIONAL 024/2013-RCA-SL
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 024/2013-RCA-SL

    Fecha: 07-Feb-2013

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    • Fragmento 1
    • I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
    • acumulación
    • II.1.
    • II.2.  Causales de improcedencia de la acción de amparo constitucional
    • Fragmento 6
    • improcedencia
    • evitar el inicio de un procedimiento que carezca de los elementos básicos
    • siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados…
    • 1) las autoridades judiciales o administrativas no han tenido la posibilidad de pronunciarse sobre un asunto porque la parte no ha utilizado un medio de defensa ni ha planteado recurso alguno, así: a) cuando en su oportunidad y en plazo legal no se planteó un recurso o medio de impugnación,
    • una primera acción
    • una segunda acción
    • de intentar un nuevo recurso, esta vez, cumpliendo con su deber procesal de observar todas las exigencias de procedencia y admisibilidad del recurso de amparo constitucional desarrollados por la Constitución Política del Estado,
    • intentarse un nuevo recurso, no podrá argüirse la causal de improcedencia por identidad de sujeto, objeto y causa; dado que el anterior recurso no fue admitido, por ende, no se ingresó al fondo de la causa, única circunstancia que hace aplicable dicha casual de inactivación
    • naturaleza subsidiaria
    • cuando no se utilizó un medio de defensa previsto en el ordenamiento jurídico
    • APROBAR

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