AUTO CONSTITUCIONAL 024/2013-RCA-SL
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 024/2013-RCA-SL

Fecha: 07-Feb-2013

acumulación

Por Resolución 027/2011 de 28 de mayo, cursante a fs. 370, la Sala Social Administrativa Segunda de la Corte Superior de Distrito Judicial -hoy Tribunal Departamental de Justicia- de La Paz, declaró la acumulación de la acción de amparo constitucional a una primera presentada el 21 de abril de igual año, fundamentando que, la acción planteada por segunda vez tiene identidad de sujeto, objeto y causa, tomando en cuenta que ese Tribunal ya se había pronunciado expresamente en una primera acción de amparo constitucional, emitiendo la Resolución 018/2011 de 28 de abril, con los fundamentos que hacen a la misma, no obstante lo señalado se habría presentado una segunda sin observar el tenor y contenido de la primera, cuando el Tribunal de garantías declaró su improcedencia in limine por subsidiaridad, consiguientemente al haberse pronunciado el Tribunal de garantías, correspondería acumular y sobrecartar el pronunciamiento de ese tribunal.

Los accionantes solicitaron tutela de sus derechos, a la propiedad, a la igualdad para todos ante la ley, a la no discriminación, y a la petición; sin embargo, al haberse dispuesto su acumulación, a una anterior acción con identidad de sujeto, objeto y causa en la que ese Tribunal declaro la improcedencia in limine se sobrecartó           y ratificó dicha resolución, correspondiendo que la Comisión de Admisión en revisión dilucide si tal declaratoria se enmarca dentro de las previsiones de la Constitución Política del Estado y la Ley del Tribunal Constitucional.