AUTO CONSTITUCIONAL 025/2013-RCA-SL
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 025/2013-RCA-SL

Fecha: 07-Feb-2013

3)

Del numeral 3), sobre la constatación de la ilicitud de la omisión del Órgano Electoral por incumplimiento de la disposición final tercera de la Ley 026, esta disposición señala lo siguiente: “Tercera. (TEXTO COMPILADO) El Tribunal Supremo Electoral procederá a la impresión y publicación de una Compilación Electoral, que comprenda la presente Ley, la Ley del Órgano Electoral Plurinacional y todas las normas vigentes relacionadas con esta materia.” Norma que si bien es citada en el petitorio, es totalmente incongruente con lo señalado en el amparo constitucional. Además de que si se pretende de igual forma una constatación de ilicitud de una omisión debió en primer lugar accionar en contra del Órgano Electoral Plurinacional, por medio de una acción de cumplimiento no por medio de una acción de amparo constitucional siendo así un accionado y no un tercero interesado.