AUTO CONSTITUCIONAL 033/2013-RCA-SL
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 033/2013-RCA-SL

Fecha: 14-Feb-2013

acumulación

Por Resolución 059/2011 de 13 de diciembre, cursante a fs. 467, la Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Superior de Distrito Judicial -ahora- Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dispuso la acumulación de la acción de amparo constitucional a una primera en la que se emitió la Disposición 052/2011 de 24 de octubre, fundamentando que la acción planteada por segunda vez tiene identidad de sujeto, objeto y causa, con una primera acción con los fundamentos que hacen a dicha acción. No obstante de lo señalado se habría presentado una segunda sin observar el tenor y contenido de la primera, cuando el Tribunal de garantías declaró su improcedencia in limine por subsidiaridad, consiguientemente al haberse pronunciado el Tribunal de garantías, correspondería sobrecartar y ratificar el pronunciamiento emitido.

La accionante solicita tutela de sus derechos, al debido proceso y a la defensa; sin embargo, al haberse dispuesto su acumulación, a una anterior acción con identidad de sujeto, objeto y causa en la que ese Tribunal declaró la improcedencia in limine se acumuló y correspondiendo que la Comisión de Admisión en revisión dilucide si tal declaratoria se enmarca dentro de las previsiones de la Constitución Política del Estado y la Ley del Tribunal Constitucional.