Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 033/2013-RCA-SL
Fecha: 14-Feb-2013
Fragmento 1
En revisión la Resolución 059/2011 de 13 de diciembre, cursante a fs. 467, pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional, interpuesta por Patricia Alejandra Ballivian Estenssoro contra Osvaldo Gutiérrez Ortiz, ex Contralor de la República; Santiago Maidana Quispe, ex Gerente de Auditoría Interna; Carlos Merino Conde, ex Gerente Principal de Auditoría Externa; Roberto Medina Justiniano ex Sub Contralor de Auditoria todos de la Contraloría General del Estado.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- acumulación
- II.1.
- II.2. Causales de improcedencia de la acción de amparo constitucional
- improcedencia
- mediante auto debidamente motivado
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados
- II.4. Sobre la identidad de sujeto objeto y causa
- una primera acción
- una segunda acción
- de intentar un nuevo recurso, esta vez, cumpliendo con su deber procesal de observar todas las exigencias de procedencia y admisibilidad del recurso de amparo constitucional desarrollados por la Constitución Política del Estado,
- intentarse un nuevo recurso, no podrá argüirse la causal de improcedencia por identidad de sujeto, objeto y causa; dado que el anterior recurso no fue admitido, por ende, no se ingresó al fondo de la causa, única circunstancia que hace aplicable dicha casual de inactivación
- POR TANTO