AUTO CONSTITUCIONAL 058/2013-RCA-SL
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 058/2013-RCA-SL

Fecha: 27-Feb-2013

al alcance de la acción de cumplimiento

La misma Sentencia Constitucional al referirse al alcance de la acción de cumplimiento señala: “como objeto de esta acción el cumplimiento de la Constitución y la ley, hace referencia a un deber específico previsto en dichas normas, pues como señala el art. 134 parágrafo tercero de la Constitución, el juez que conozca la acción, de encontrar cierta y efectiva la demanda, debe ordenar el cumplimiento del deber omitido.