AUTO CONSTITUCIONAL 058/2013-RCA-SL
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 058/2013-RCA-SL

Fecha: 27-Feb-2013

Fragmento 16

         Por otra parte, los accionantes no motivaron debidamente cuál el deber omitido que tiene que estar de manera expresa y en forma específica previsto, en la norma constitucional o legal, conforme la jurisprudencia glosada en el punto II.4 de la presente Resolución, por lo que se incurrió en una segunda causal que impide que se admita la acción presentada.