Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0013/2013-L
Fecha: 20-Feb-2013
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Los accionantes alegan la vulneración de sus derechos la “seguridad jurídica”, debido proceso, defensa, educación, petición y al principio de jerarquía normativa, por cuanto sin considerar su antigüedad dentro de la Policía Boliviana no se les permitió acceder al curso de post grado convocado por dicha institución policial, bajo el argumento de no haber egresado de una ESBAPOL y habiendo apelado dicha determinación, la respuesta no fue emitida mediante resolución fundamentada. Por consiguiente, corresponde analizar, en revisión, si en el caso presente debe concederse o denegarse la tutela que brinda la acción de amparo constitucional.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió en parte
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Derecho a la petición
- III.3. Resolución primigenia del derecho de petición frente a otros derechos vinculados a éste
- III.4. Sobre el derecho al debido proceso
- III.5. Análisis del caso concreto