Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0115/2013
Fecha: 01-Feb-2013
1)
Marcial Flores, funcionario policial e investigador asignado al caso de la FELCC, en audiencia expresó: 1) Intervino en la aprehensión de María del Rosario Espada Herbas, en cumplimiento de la función integral de la Policía Boliviana y la Ley Orgánica de esa institución concordante con el Código de Procedimiento Penal, procediendo con la notificación correspondiente; 2) La accionante no fundamentó o refirió que el investigador haya quebrantado algún derecho, careciendo de fundamento; y, 3) Cumplió con la ejecución de una orden de aprehensión emitida por el director funcional de la investigación.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica, alcances y ámbito de protección de la acción de libertad: Su triple carácter tutelar
- III.2. Obligación de acudir ante el juez cautelar que ejerce el control jurisdiccional
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR