SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0115/2013
Fecha: 01-Feb-2013
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Conforme a los antecedentes expuestos, la accionante estima vulnerados sus derechos a la locomoción, a la igualdad, a la libertad, a la igualdad de oportunidades, a la defensa y al debido proceso, porque a pesar de estar expedido el decreto de 22 de octubre de 2012, por el cual el Juez Tercero de Instrucción en lo Penal, quien tiene el control jurisdiccional, dispuso la suspensión del mandamiento de aprehensión contra la misma, en tanto se sustancie el incidente de nulidad, el 9 de noviembre del mismo año, fue aprehendida y notificada con la Resolución Fiscal de aprehensión de 4 de octubre de dicho año, desconociendo la disposición del Juez cautelar. En consecuencia, corresponde dilucidar en revisión, si tales argumentos son evidentes a fin de conceder o denegar la tutela solicitada.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica, alcances y ámbito de protección de la acción de libertad: Su triple carácter tutelar
- III.2. Obligación de acudir ante el juez cautelar que ejerce el control jurisdiccional
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR