SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0131/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0131/2013

Fecha: 01-Feb-2013

III.4. La prohibición arbitraria de menoscabo o impedimento de manifestación del pensamiento. Las limitaciones razonables al ejercicio de este derecho en el contexto del Estado Constitucional de Derecho

Por lo expuesto, si bien el derecho en cuestión es un derecho fundamental sustantivo, no es menos cierto que el mismo, para la consolidación de los fines del Estado, podrá ser “razonablemente” limitado, por tanto, cualquier limitación en un Estado Constitucional de Derecho, para efectos de su armonización con el bloque de constitucionalidad imperante, deberá a través del ejercicio del control de constitucionalidad, someterse a un “test de razonabilidad”.