SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0147/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0147/2013

Fecha: 18-Feb-2013

Fragmento 28

Asimismo dicho error se originó en el Tribunal de garantías, integrado por los Vocales Ivan Campero Villalba y Orlando Ríos Luna, ambos Presidentes de la Sala Social y Administrativa Tercera y Primera respectivamente, quienes en conocimiento de una acción de amparo constitucional interpuesta por el Fiscal de Materia, Eduardo Morales Valda y la acusación particular representada por Mary Elizabeth Carrasco Condarco contra los ex Vocales de la Sala Penal Primera Ángel Arequipa Chui y Blanca Isabel Alarcón Yampasi, -emergente del proceso penal contra el ahora accionante Danilo Huari Cartagena- concedieron la tutela y dispusieron, aplicando implícitamente la norma contenida en el art. 281 del CPC, que sean los ex Vocales nombrados quienes reinstalen la audiencia para resolver la solicitud de complementación y enmienda (Conclusión II.4.1); decisión constitucional abiertamente contraria al sistema acusatorio penal y al orden constitucional, que incidió en las decisiones posteriores de los Vocales ahora demandados como se puede evidenciar de la Conclusión II.5.