SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0147/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0147/2013

Fecha: 18-Feb-2013

II.7.

II.7. En la audiencia de 13 de junio de 2012 (fs. 34 y 35), los Vocales Virginia Janeth Crespo Ibáñez y Ricardo Chumacero Torrez de la Sala Penal Primera, manifstaron que la misma fue señalada para dictar la resolución de complementación y enmienda, empero, no resolvieron la misma y por el contrario dispusieron sea pronunciada por los ex Vocales Angel Aruquipa Chui y Blanca Isabel Alarcón Yampasi, en aplicación del art. 281 del Código de procedimiento Civil (CPC), señalando audiencia para ese efecto el 17 de julio de 2012, pese a que asistieron ambas partes del proceso penal. Asimismo, señalaron que el Tribunal Supremo de Justicia tiene casos idénticos por los cuales ha convocado a autoridades cesantes a efectos de que emitan sus resoluciones de complementación y enmienda, inclusive tratándose de Autos Supremos dictados el 2010 con decreto del 2012.