SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0151/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0151/2013

Fecha: 19-Feb-2013

III.2. Activación simultánea

En el ámbito de control plural tutelar de constitucionalidad, el Tribunal Constitucional Plurinacional, tiene como específica función la de resguardar la vigencia y respeto de los derechos fundamentales -art. 196.I de la CPE- a la vida y a la libertad física y de locomoción, mediante la acción de libertad a ser promovida por toda persona que considere que su vida está en peligro, que es ilegalmente perseguida, o que es indebidamente procesada o privada de libertad personal. En ese sentido, no compete a esta jurisdicción, conocer asuntos que son propios de la jurisdicción ordinaria y cuyas decisiones son impugnables a través de los mecanismos procesales que la ley prevé. En ese sentido, cabe recordar que la potestad de impartir justicia -art. 178 de la CPE-, en este caso justicia constitucional, se sustenta en principios constitucionales que tienen por finalidad asegurar el respeto a derechos fundamentales, así tenemos el de seguridad jurídica que consiste en la certeza de la aplicación objetiva de la ley, de ahí que la interpretación constitucional debe dirigirse a mantener dicho principio.