Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0169/2013
Fecha: 19-Feb-2013
III.3. Análisis del caso concreto
La accionante por su representado alega que, su detención es ilegítima porque la única prueba existente es un contrato civil, por lo que no cometió ningún delito; pero, indica que se impuso la arbitrariedad al emitirse un mandamiento de detención preventiva ilegítimamente, además de que existiría un sobreseimiento a favor de otras personas perseguidas en el mismo hecho.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- ante la existencia de medios de impugnación específicos e idóneos para restituir de manera inmediata los derechos objeto de su protección
- III.2. Sobre el debido proceso y el procesamiento indebido
- a) el acto lesivo, entendido como los actos ilegales, las omisiones indebidas o las amenazas de la autoridad pública, denunciados, deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión
- III.3. Análisis del caso concreto
- -la cual se constituye en la causa de la restricción a su derecho a la libertad-
- base de la solicitud de su detención preventiva
- no corresponde referirse sobre el proceso abreviado
- CONFIRMAR