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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0169/2013
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0169/2013

    Fecha: 19-Feb-2013

    no corresponde referirse sobre el proceso abreviado

             Finalmente, parecería que el ahora representado también interpone la acción de libertad a favor de su hijo, sin embargo, no aporta ningún antecedente ni prueba que den certeza sobre la situación jurídica del mismo, en todo caso, afirma que se encuentra “huyendo”; razón por la cual, al respecto no corresponde pronunciamiento alguno. 

    • acción de libertad
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
    • I.2.2. Informe de la autoridad demandada
    • denegó
    • II.1.
    • II.2.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.
    • ante la existencia de medios de impugnación específicos e idóneos para restituir de manera inmediata los derechos objeto de su protección
    • III.2. Sobre el debido proceso y el procesamiento indebido
    • a) el acto lesivo, entendido como los actos ilegales, las omisiones indebidas o las amenazas de la autoridad pública, denunciados, deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión
    • III.3. Análisis del caso concreto
    • -la cual se constituye en la causa de la restricción a su derecho a la libertad-
    • base de la solicitud de su detención preventiva
    • no corresponde referirse sobre el proceso abreviado
    • CONFIRMAR

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