SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0174/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0174/2013

Fecha: 22-Feb-2013

o cuando en audiencia, o en su informe, confirma los actos denunciados de ilegales o no los desvirtúa

La Sentencia citada reiteró la jurisprudencia constitucional anterior que estableció que, a falta de pruebas, se tienen por ciertos los extremos denunciados en la acción de libertad cuando la autoridad o persona demandada no asiste a la audiencia ni presta su informe de ley, o cuando en audiencia, o en su informe, confirma los actos denunciados de ilegales o no los desvirtúa (SSCC 1164/2003-R, 0650/2004-R, 0141/2006-R y 0181/2010-R, entre muchas otras).