SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0178/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0178/2013

Fecha: 22-Feb-2013

Reducción de Sanciones establecida en el Artículo 156

Cabe referir que conforme se tiene en el Fundamento Jurídico III.3, que ante un recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad, en el que se demandó la inconstitucionalidad del último párrafo del art. 7 de la Resolución Normativa de Directorio 10-0021-04, por considerar contrario dicho párrafo a los arts. 30, 32 y 228, de la CPE, se pronunció la          SC 0010/2007 de 6 de marzo, que declaró la constitucionalidad, del último párrafo del art. 7 de la Resolución Normativa de Directorio        10-0021-04, mismo que contiene la frase que ahora es demandada de inconstitucional, ya que dicho párrafo señala: “Las disposiciones sobre Reducción de Sanciones establecida en el Artículo 156, arrepentimiento eficaz, establecidas en el art. 157 y Agravantes del Artículo 155 todos del Código Tributario, no se aplican a las Sentencias por incumplimiento de Deberes Formales”, por lo que la frase demandada por la ahora accionante, ya fue declarada constitucional.