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    AUTO CONSTITUCIONAL 068/2013-RCA-SL
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 068/2013-RCA-SL

    Fecha: 07-Mar-2013

    I.3. Petitorio

    Solicita que las autoridades demandadas procedan a hacer efectivas las sanciones correspondientes a la Unidad Educativa Reverendo Padre “Esteban Bertolusso” y a sus representantes legales cumpliendo los arts. 3, 45, 54, 55 83, 84, 86 y 109 de la RM 010/2011; hacer efectivo el cumplimiento de la RM 162/01 Reglamento para administración y funciones para unidades educativas, en sus art. 18.A), 42 y 43.

    • Fragmento 1
    • I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
    • I.3. Petitorio
    • rechazó in limine
    • II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
    • II.1.  Aplicación de la Ley 1836 para la liquidación de acciones tutelares ingresadas hasta el 31 de diciembre de 2011
    • Fragmento 7
    • II.2.
    • se tramitará de la misma forma que la acción de amparo constitucional.
    • operando de esta forma como acción tutelar que garantiza la ejecución normativa.
    • II.4.1. De la Resolución enviada en revisión
    • II.4.2. Análisis sobre la existencia o no, de los requisitos de admisibilidad de la acción de amparo constitucional
    • c)     Fijar con precisión el amparo que se solicita para preservar o restablecer el derecho o la garantía vulnerados o amenazados
    • POR TANTO

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