AUTO CONSTITUCIONAL 068/2013-RCA-SL
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 068/2013-RCA-SL

Fecha: 07-Mar-2013

II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN

El accionante estima como norma supuestamente incumplida la RM 010/2011 de 12 de enero, en sus arts. 2, 3, anexo 1: arts. 86.2 y 91.1 y 7; sin embargo, al haber rechazada in limine la acción de cumplimiento por el Tribunal de garantías, corresponde, a la Comisión de Admisión en revisión dilucide si tal rechazo se enmarca dentro de las previsiones de la Constitución Política del Estado y la Ley del Tribunal Constitucional.