AUTO CONSTITUCIONAL 068/2013-RCA-SL
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 068/2013-RCA-SL

Fecha: 07-Mar-2013

rechazó in limine

La Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial hoy -Tribunal Departamental de Justicia- de Santa Cruz, por Resolución 82/2011 de 19 de noviembre, cursante a fs. 130 y vta., rechazó in limine la acción de cumplimiento, con el siguiente fundamento: El accionante interpuso la presente acción mediante la cual pretende hacer valer sus derechos contra abusos y vulneraciones cometidas por la Administración de la Unidad Educativa Reverendo Padre “Esteban Bertolusso”, si bien es cierto que formuló varias denuncias realizadas a raíz de estos abusos a la autoridades respectivas, las mismas debieron ser resueltas mediante un trámite administrativo que compete al ámbito educacional. Por otro lado es bueno dejar en claro que las vulneraciones denunciadas fueron cometidas por la administración de la referida unidad educativa y no por las autoridades ahora demandadas. Nótese, que de las copias que se adjuntan a la demanda no se demostró o acreditó que los ahora demandados en su condición de servidores públicos habrían incumplido disposiciones constitucionales o legales.