El presente voto disidente, en relación a la SCP 0286/2013 de 13 de marzo, plasma la divergencia en criterio por la siguiente razón:
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

El presente voto disidente, en relación a la SCP 0286/2013 de 13 de marzo, plasma la divergencia en criterio por la siguiente razón:

Fecha: 13-Mar-2013

afectada por una norma jurídica contraria a la Constitución

El resultado hermenéutico antes desarrollado, es armonioso no solo con el tenor literal del art. 132 de la Constitución, sino también con su teleología, puesto que dicha disposición señala lo siguiente: “Toda persona individual o colectiva afectada por una norma jurídica contraria a la Constitución tendrá derecho a presentar la acción de inconstitucionalidad, de acuerdo con los procedimientos establecidos por la ley” (resaltado nuestro).