El presente voto disidente, en relación a la SCP 0388/2013 de 25 de marzo, plasma la divergencia en técnica argumentativa, por cuanto, la motivación que sustente la diferencia de criterio, versará sobre las siguientes líneas argumentativas diferencia
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

El presente voto disidente, en relación a la SCP 0388/2013 de 25 de marzo, plasma la divergencia en técnica argumentativa, por cuanto, la motivación que sustente la diferencia de criterio, versará sobre las siguientes líneas argumentativas diferencia

Fecha: 25-Mar-2013

b)

b)  El segundo aspecto a ser argumentado a través del presente voto disidente, desarrollará la postura personal de la Magistrada disidente en cuanto a la naturaleza jurídica del Recurso directo de nulidad y su diferencia con la acción de amparo constitucional y otros mecanismos propios del control normativo de constitucionalidad.