El presente voto disidente, en relación a la SCP 0388/2013 de 25 de marzo, plasma la divergencia en técnica argumentativa, por cuanto, la motivación que sustente la diferencia de criterio, versará sobre las siguientes líneas argumentativas diferencia
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

El presente voto disidente, en relación a la SCP 0388/2013 de 25 de marzo, plasma la divergencia en técnica argumentativa, por cuanto, la motivación que sustente la diferencia de criterio, versará sobre las siguientes líneas argumentativas diferencia

Fecha: 25-Mar-2013

se evidencia que como regla general, el recurso directo de nulidad, cuyo conocimiento y resolución fue encomendado a la entonces Corte Suprema de Justicia, aseguró la vigencia de la garantía de la competencia en relación a actos y resoluciones no jurisdiccionales.

En base a los antecedente normativos precisados, se evidencia que como regla general, el recurso directo de nulidad, cuyo conocimiento y resolución fue encomendado a la entonces Corte Suprema de Justicia, aseguró la vigencia de la garantía de la competencia en relación a actos y resoluciones no jurisdiccionales.