SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0036/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0036/2013-L

Fecha: 06-Mar-2013

II.5.

II.5.  Acta de audiencia conclusiva de acusación de 27 de octubre de 2010, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público a instancia de Wilma Mercado vda. de Amurrio contra el ahora accionante, en la cual se dicta Auto de la misma fecha, por el que se rechaza la excepción de prescripción de la acción penal planteada por este último señalando: “…la prescripción de la acción penal por el delito de prevaricato invocada por la defensa y amparado en el Art. 29 Num. 2) del CPP, ya no corresponde su aplicación, toda vez que por disposición del Art. 24 de la ley No. 004, y lo establecido en el Art. 112 de la Constitución Política del Estado (…) de donde se puede colegir que el Art. 29 del CPP actual ha sido modificado por la ley No. 004 con relación a los delitos de corrupción estableciendo la imprescriptibilidad de los delitos de corrupción por el transcurso del tiempo (…) haciendo en consecuencia al presente inaplicable para el caso de autos la prescripción solicitada por la defensa, si sobre todo tomamos en cuenta que conforme señala la parte querellante Wilma Mercado vda. de Amurrio, el imputado al haber dictado la resolución de fecha 7 de diciembre de 2004, eventualmente con dicha determinación habría ocasionado un grave daño económico a la misma afectando sus acciones y derechos…” (sic) (fs. 15 a 18 vta.).