SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0062/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0062/2013-L

Fecha: 12-Mar-2013

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El accionante denunció como lesionados los derechos a la “seguridad jurídica”, al debido proceso, al trabajo, a la remuneración y al principio de legalidad, toda vez que, habiendo sido designado perito dirimidor, por el Juez Segundo de Partido Penal Liquidador del Distrito Judicial -ahora departamento- de La Paz dentro del proceso, concluyó su trabajo y solicitó la regulación de sus honorarios conforme lo establece el arancel del Colegio de Auditores del 10% del monto cuestionado, el mismo que fue regulado mediante Resolución 06/2010 de 27 de enero, en la suma de $us2000.-; contra dicha Resolución interpuso recurso de apelación, acompañando el arancel de honorarios, emitido por el ente profesional de La Paz, el cual por Resolución 13/2010 de 27 de agosto, la Sala Penal Segunda del mismo Distrito Judicial, declaró improcedente las apelaciones, dejando firme y subsistente la Resolución impugnada. En consecuencia, corresponde dilucidar en revisión, si tales argumentos son evidentes a fin de conceder o denegar la tutela solicitada.