SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0092/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0092/2013-L

Fecha: 12-Mar-2013

II.2.

II.2.  Mediante nota GAMQ/UMA y Z-172/11 de 20 de mayo de 2011, Javier Villazon, Responsable de la Unidad de Medio Ambiente y Zoonosis del Gobierno Autónomo Municipal de Quillacollo, comunicó a la representante legal de la Embotelladora y Agua de Mesa “San Miguel”, que se realizó la categorización de su unidad industrial, correspondiente a la categoría 4 y código de registro 0309010178, por lo que tiene la obligación de elaborar Instrumento de Regulación de Alcance General, en caso de impactos ambientales, debiendo realizar acciones, de acuerdo a la Ley 1333 Caps. I al VI y renovar su Registro Ambiental Industrial (RAI) cada cinco años (fs. 8); Acta de Inspección, efectuada en la provincia Quillacollo, el 19 de mayo de 2011, Aguas “San Miguel” D-8 El Paso, zona “Machu Kollu”, en la cual refiere que, se provee agua de pozo propio profundo, consignándose en el punto 4 de dicha acta, que las oficinas de administración y distribución se encuentran ubicadas en la urbanización “Carlos Peña Calle 1 Nº 035” (sic) (fs. 4 a 7 y 89 a 92).