SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0092/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0092/2013-L

Fecha: 12-Mar-2013

prescindiendo inclusive de su carácter subsidiario, está la tutela contra las acciones o medidas de hecho cometidas por autoridades públicas o por particulares, entendidas éstas

           Así, la SC 0832/2005-R de 25 de julio, refiriéndose a los supuestos en los que el amparo constitucional entra a tutelar de manera directa e inmediata, prescindiendo de su carácter subsidiario, indicó '..Dentro de esos supuestos excepcionales, en los que el amparo entra a tutelar de manera directa e inmediata, prescindiendo inclusive de su carácter subsidiario, está la tutela contra las acciones o medidas de hecho cometidas por autoridades públicas o por particulares, entendidas éstas como los actos ilegales arbitrarios que desconocen y prescinden de las instancias legales y procedimientos que el ordenamiento jurídico brinda, realizando justicia directa, con abuso del poder que detentan frente agraviado, actos que resultan ilegítimos por no tener respaldo legal alguno y que por el daño ocasionado y la gravedad de los mismos, merecen la tutela inmediata que brinda el amparo por vulnerar derechos fundamentales…'” (las negrillas son nuestras).