SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0103/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0103/2013-L

Fecha: 20-Mar-2013

i)

El abogado de la demandada manifestó: i) Se debe determinar quien es responsable de los derechos suprimidos de la accionante; pues la ahora demandada, no tiene la facultad para realizar acciones que vayan a afectar los derechos básicos de la familia, más aún de cortarles el suministro de agua potable y energía eléctrica; ii) La accionante debió haber recurrido directamente contra los propietarios del bien inmueble y no así “contra el portero” (sic); ya que, la demandada se encuentra en “calidad de subordinación al propietario del bien inmueble” (sic); y, iii) Por todo lo expuesto, solicitó se rechace la admisión de la presente acción.