SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0131/2013-L
Fecha: 20-Mar-2013
concede
La Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, constituida en Tribunal de garantías, mediante Resolución de 4 de mayo de 2011, cursante a fs. 209 a 211 vta., concede la tutela solicitada disponiendo que la Caja Nacional de Salud de cumplimiento inmediato a la Resolución Administrativa 041/2010 de 24 de mayo, en el plazo de cuarenta y ocho horas, con los siguientes fundamentos: i) El hoy accionante suscribió tres contratos a plazo fijo con la CNS, el primero fue del 29 de mayo al 21 de agosto de 2009, el segundo del 22 de agosto al 31 de diciembre del mismo año y el tercero del 1 de enero de 2010 al 26 de marzo del citado año; en ese sentido, se reconocen los derechos laborales, por lo que se debió reincorporar a sus funciones con el goce de sus derechos consolidados; ii) No sólo se tiene que analizar la relación laboral, que ha mantenido el hoy accionante, sino también el cumplimiento inmediato de las resoluciones administrativas en la vía laboral, que merece por parte de los administradores, primacía frente a otros; y iii) Al estar vigente una disposición emitida por el Ministerio de Trabajo se debe conceder la tutela solicitada, por cuanto el proceso contencioso administrativo no fue planteado por el accionante; consiguientemente, no se puede alegar la subsidiariedad del recurso.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- concede
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III.- FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Del derecho al trabajo
- III.3.
- III.3. Análisis del caso concreto
- cuya interposición no implica la suspensión de su ejecución
- III.3.1. Otras consideraciones
- 1° CONFIRMAR