SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0131/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0131/2013-L

Fecha: 20-Mar-2013

III.2.  Del derecho al trabajo

           Según la SCP 0470/2012 de 4 de julio: “El derecho al trabajo, conforme lo estableció el art. 13.I de la CPE, al indicar: 'Los derechos reconocidos por esta Constitución son inviolables, universales, interdependientes, indivisibles y progresivos. El Estado tiene el deber de promoverlos, protegerlos y respetarlos´, debe considerarse como un aspecto fundamental dentro el desarrollo de los derechos sociales, toda vez que el derecho al trabajo asegura para el trabajador y su familia una existencia digna, es decir, proporciona un sustento diario, que se encuentra al mismo tiempo vinculado con las necesidades básicas de alimentación, salud y la propia existencia del ser humano, por consiguiente, vinculado con el derecho a la vida”.