Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0131/2013-L
Fecha: 20-Mar-2013
II.3.
II.3. Por RA 041/2010 de 24 de mayo, emitida por José Job Méndez Rojas, Jefe Departamental de Trabajo de Santa Cruz, se dispuso instruir a la CNS la reincorporación del trabajador -ahora accionante- a la función que desempeñaba, dentro del plazo de cuarenta y ocho horas, más el pago de los sueldos devengados y la reposición de todos sus derechos laborales (fs. 27 a 28).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- concede
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III.- FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Del derecho al trabajo
- III.3.
- III.3. Análisis del caso concreto
- cuya interposición no implica la suspensión de su ejecución
- III.3.1. Otras consideraciones
- 1° CONFIRMAR