Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0213/2013
Fecha: 05-Mar-2013
CONFIRMAR
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Tercera, en virtud de la autoridad que le confieren la Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia y el art. 44 del Código Procesal Constitucional; en revisión, resuelve: CONFIRMAR la Resolución de 14 de noviembre de 2012 cursante de fs. 23 vta. a 25 vta., pronunciada por el Juez de Partido Ordinario de Sentencia en lo Penal, del Trabajo y Seguridad Social, Niñez y Adolescencia de las provincias Eduardo Avaroa, Ladislao Cabrera y Sebastián Pagador con asiento en la localidad de Challapata del departamento de Oruro; y en consecuencia, CONCEDER la tutela solicitada en los términos de la resolución que se revisa.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- concedió
- II.1.
- el objeto
- III.1. La acción de amparo constitucional. Su configuración
- III.2. En cuanto al contenido, alcance y requisitos del derecho de petición
- Fragmento 8
- Fragmento 9
- III.3.1. El derecho al acceso a documentos públicos como manifestación del derecho petición.
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR