SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0226/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0226/2013

Fecha: 06-Mar-2013

II.4.

II.4.  El 9 de agosto de 2012, mediante nota, el accionante solicitó al Ministerio de Trabajo, realizar las gestiones correspondientes para lograr su inamovilidad laboral en la institución. Razón por la cual, a través de cite J.D.T 396/2012 de 14 del mismo mes, dirigida al Director Ejecutivo del PERTT, la Jefa Departamental de Trabajo a.i. de Tarija dispuso se proceda a la reincorporación del accionante a su fuente laboral, en un plazo de setenta y dos horas a partir de su notificación (fs. 25 y 26).