Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0231/2013
Fecha: 06-Mar-2013
II.2.
II.2. Mediante la nota S.S.BJO.RR.HH.OF.41/12 de 2 de mayo de 2012, el Jefe de la División Administrativa y Financiera de SETAR Bermejo, hizo conocer al accionante el vencimiento del contrato; sin embargo, de acuerdo a lo alegado por el mismo, éste continuó desempeñando sus funciones, de manera irregular y con el compromiso de una renovación de contrato, durante los meses de mayo, junio y parte de julio de 2012, cuando finalmente se contrató los servicios de otra persona (fs. 22 y 23 a 25).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- a)
- 1)
- denegó
- iii)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Los derechos al trabajo y la estabilidad laboral invocados por el accionante
- III.3. La tutela del amparo constitucional ante el incumplimiento de la conminatoria de reincorporación en resguardo de los derechos al trabajo y a la estabilidad laboral
- III.4. El principio de la inversión de la carga de la prueba en materia laboral
- III.5. Análisis del caso concreto