Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0237/2013
Fecha: 08-Mar-2013
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante considera que el haberse ordenado se expida el mandamiento de aprehensión en su contra, por no haber asistido a su declaración informativa policial, al estar cumpliendo con sus obligaciones como ciudadana dentro del censo nacional, y el no señalamiento de día y hora para prestar su correspondiente declaración informativa policial, lesiona sus derechos fundamentales a la libertad al debido proceso, a la igualdad de las partes, a la legítima defensa y a ser oído ante autoridad competente. Corresponde a este Tribunal, considerar si se debe conceder o denegar la tutela impetrada, labor que es desarrollada a continuación.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- “otorga”
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- solamente una vez agotado tal medio de defensa y ante la persistencia de la lesión, se podrá acudir a la jurisdicción constitucional
- debe impugnar tal conducta ante el juez instructor
- en caso de existir mecanismos procesales específicos de defensa que sean idóneos, eficientes y oportunos para restituir el derecho a la libertad y a la persecución o procesamiento indebido, deben ser utilizados previamente por el o los afectados
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR